¡GOLPE AL PUEBLO! Sala Constitucional declara nulidad de reforma de Ley del TSJ

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró este jueves como inconstitucional la reforma de ley de este ente que recientemente efectuó el Parlamento y que hubiera permitido a la oposición, que domina la cámara, aumentar el número de magistrados en un intento por modificar el equilibrio de poderes en Venezuela.

“Este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Constitucional, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara inconstitucional la Ley de Reforma Parcial de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, sancionada por la Asamblea Nacional en su sesión ordinaria del 7 de abril de 2016. En consecuencia, se preserva la vigencia de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.522 del 1 de octubre de 2010″, reza un extracto de la sentencia publicada por el máximo tribunal en su sitio web.

La sentencia ocurre luego de que el presidente Nicolás Maduro planteara ante el TSJ “dudas razonables”sobre la constitucionalidad de la herramienta legal una vez modificada, señala el tribunal.

En tal sentido, el TSJ, que atajó que la modificación busca aumentar el número de magistrados de la Sala Constitucional, expresa en la sentencia que “aumentar de una manera desmesurada los magistrados (…) atentaría contra uno de los Poderes que integra la organización jurídico-política adoptada por el pueblo venezolano al votar de manera aprobativa la nueva Constitución (y violaría) los principios de autonomía e independencia del Poder Judicial”.

La mayoría opositora del Congreso aprobó en abril una reforma de la ley Tribunal Supremo de Justicia para incrementar de 7 a 15 el número de magistrados de la Sala Constitucional, instancia que en los últimos cuatro meses ha anulado la mayoría de leyes y decisiones del Legislativo. Las restantes seis salas del máximo tribunal – Político Administrativa, Electoral, de Casación Civil, Casación Social y Casación Penal – se mantuvieron con cinco integrantes.

DECRETO DE MADURO CONTRA DECISIONES DE LA AN

La decisión del Tribunal Supremo se da dos días después que entró en vigencia un decreto del presidente Nicolás Maduro que restringió y difirió temporalmente las mociones de censura que pudiera acordar la Asamblea Nacional contra los ministros y el vicepresidente, atribución que está prevista en la constitución.

El decreto establece que la restricción sobre las mociones de censura para los miembros del gabinete estará vigente “hasta tanto cesen los efectos del Decreto de Emergencia Económica” que acordó el mandatario a inicio de año y que se amplió en marzo por 60 días más.

Maduro emitió el decreto pocos días después que la mayoría opositora del Congreso aprobó una moción de censura contra el ministro de Alimentación, Rodolfo Marco Torres, por no comparecer en el Legislativo para informar sobre la situación alimentaria de Venezuela, y solicitó su destitución.

En los casi cuatro meses de actividades del nuevo Congreso, que por primera vez en 17 años quedó bajo control de la oposición, el gobierno y el Tribunal Supremo de Justicia han mantenido constantes enfrentamientos con la Asamblea Nacional que han implicado la anulación que casi todas las leyes y decisiones aprobadas por la mayoría opositora.

La pugna entre los poderes ha elevado las tensiones políticas en medio de la compleja crisis económica que enfrenta Venezuela.

Sumarium.com
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Una respuesta

  1. Jose gabriel montaño
    7 de mayo de 2016

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